CON ELLO, S EBUSCA DESINCENTIVAR POSIBLES CONDUCTAS NEGLIGENTES DE ALGUNOS OPERADORES DE TRANSPORTE PÚBLICO: DIP. DOLORES ROBLES.
Con el objetivo de desincentivar las posibles conductas negligentes por parte de algunos operadores de transporte público, la diputada María Dolores Robles Chairez propuso una iniciativa para adicionar el artículo 100 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí.
La legisladora propone establecer, dentro del apartado de multas administrativas no fiscales, tratándose de infracciones de tránsito cometidas por operadores de vehículos destinados al servicio público de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades, cuando pongan en riesgo inminente la vida o la integridad física de los pasajeros, de otros usuarios de la vía pública o de terceros, las autoridades municipales incrementen las multas en un cincuenta por ciento adicional sobre el monto de origen;
Esto deberá incorporarse en la integración de sus respectivas leyes de ingresos, para contemplar esta sanción agravada y con ello, desincentivar las posibles conductas negligentes por parte de algunos los operadores de transporte público, fortaleciendo la cultura de la prevención y el respeto a la vida.
Robles Chairez explica que la Ley de Tránsito de San Luis Potosí, si bien contempla un marco sancionador para diversas infracciones, no establecen una agravante específica para aquellas cometidas por transportistas públicos que, por la naturaleza de su servicio y la cantidad de vidas que transportan, implican un nivel de riesgo significativamente mayor.
La regulación actual, en muchos casos, equipara la infracción de un conductor particular con la de un operador de transporte público, lo cual no refleja la magnitud del daño potencial que este último puede ocasionar.
Señala que esta propuesta no busca criminalizar el trabajo de los operadores, sino asegurar que su labor se realice bajo los más altos estándares de seguridad y respeto a la normatividad. Por ello, la propuesta se centra en agravar las sanciones para aquellas infracciones que, por su naturaleza, aumentan exponencialmente el riesgo para los pasajeros; esto incluye, pero no se limita a conducir a exceso de velocidad, manejar en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes o psicotrópicos, no respetar señalamientos viales y realizar maniobras peligrosas.
Al mismo tiempo, se busca enviar un mensaje a la ciudadanía de que la autoridad está comprometida con la protección de sus derechos y con la garantía de un servicio de transporte público seguro, eficiente y digno.
La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Hacienda del Estado.





